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Plazo de emisión y publicación del informe preceptivo de la Oficina Nacional de Evaluación (ONE)

PLAZO DE EMISIÓN DEL INFORME PRECEPTIVO EVACUADO POR LA OFICINA NACIONAL DE EVALUACIÓN

De acuerdo con el apartado 5 del artículo 333 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y el artículo 10 de la Orden HFP/1381/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina Nacional de Evaluación (ONE), los informes preceptivos serán evacuados en el plazo de treinta días hábiles. Este plazo se contará desde la entrada de la solicitud por vía electrónica del poder adjudicador u otra entidad contratante o, en caso de haber sido necesario requerir documentación, desde el día que tenga entrada la documentación completa requerida por la ONE para la adecuada elaboración de su informe preceptivo, o la documentación adicional que, posteriormente a formularse la solicitud, haya aportado el poder adjudicador o entidad contratante, sin mediar requerimiento previo de la ONE.

En el caso de que se produzca una modificación sustantiva de la documentación del expediente con carácter previo a que la ONE emita el informe, el poder adjudicador o entidad contratante deberá desistir de su solicitud inicial y formular una nueva solicitud de informe.

El plazo de treinta días hábiles para la emisión del informe podrá reducirse a la mitad siempre que se justifique en la solicitud las razones de urgencia, y así haya sido declarada la tramitación del expediente. La reducción de plazos para la emisión del informe deberá ser acordada por el Vocal de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon) con competencia en evaluación de los contratos de concesión, tomando en consideración las posibilidades que permitan la complejidad del expediente.

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Una vez aprobados, los informes serán notificados al peticionario, que deberá comunicar a la ONE el resultado final del procedimiento de que se trate y, en su caso, el informe al que se hace referencia más abajo.

Los informes serán publicados a través de la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública y estarán también disponibles para su consulta pública en esta página web.

Si la Administración o la entidad destinataria del informe se apartara de las recomendaciones contenidas en un informe preceptivo de la Oficina Nacional de Evaluación, deberá motivarlo en un informe que se incorporará al expediente del correspondiente contrato y que será objeto de publicación en su perfil de contratante. En el caso de la Administración General del Estado (AGE) esta publicación se hará, además, a través de la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas y en el portal web de la Oficina Nacional de Evaluación.

Puede consultar los informes preceptivos evacuados en el siguiente enlace:

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