5-11-2024.- Las empresas dañadas por la catástrofe recibirán una ayuda de entre 10.000 y 150.000 euros en función de su volumen de operaciones y los autónomos percibirán un pago de 5.000 euros. Estas ayudas estarán exentas de tributación en el IRPF y en Sociedades. También se declaran exentas del IRPF todas las ayudas por daños personales percibidas por los afectados por la DANA
Se aplaza tres meses el segundo pago del IRPF para los contribuyentes afectados que tuvieran que abonar el cobro este 5 de noviembre
El Real Decreto-ley contempla exenciones fiscales del IBI y del Impuesto de Actividades Económicas, además de una reducción en la tributación por módulos de las actividades agrícolas. Se flexibilizan los plazos tributarios y catastrales
El Fondo de Financiación de Entidades Locales podrá cubrir gastos en 2024 y 2025 de actuaciones realizadas por los municipios afectados para paliar los daños de la catástrofe natural
El Gobierno solicita a la UE recursos del Fondo Europeo de Solidaridad para atender los daños de la DANA