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Aprobada la nueva delimitación y reorganización de los terrenos de la Zona Franca de Barcelona en el área de servicios del puerto para albergar una planta de molturación de semillas

Asteartea, 3 de otsaila de 2026
Partekatu:

El Consejo de Ministros ha aprobado la nueva delimitación y modificación de la ubicación de terrenos de la Zona Franca de Barcelona, en el ámbito de la zona de servicios del puerto barcelonés.

Se trata de los terrenos de la Zona Franca gestionados por el propio Consorcio de la Zona Franca de Barcelona (CZFB), entidad estatal de Derecho Público, adscrita al Ministerio de Hacienda.

La solicitud del Consorcio derivaba del proceso de reorganización espacial acordado entre el CZFB y la Autoridad Portuaria de Barcelona (APB), motivado por la proximidad del vencimiento de la concesión que habilita al Consorcio para operar en el Muelle Álvarez de la Campa. Y también por el interés público portuario en destinar dichos terrenos al desarrollo de un proyecto industrial estratégico de molturación de semillas oleaginosas promovido por la mercantil ELIAN BARCELONA, S.L.U. 

Dicho proyecto, atendiendo a su inversión, impacto económico y capacidad para incrementar y fidelizar el tráfico portuario, ha sido declarado de interés estratégico por la Generalitat de Cataluña y de interés portuario por la propia Autoridad Portuaria.

En ese sentido, la Autoridad Portuaria de Barcelona y el Consorcio suscribieron un protocolo de actuaciones con fecha 31 de enero de 2025, en el que se acordó la reubicación de la actividad de Zona Franca en otros emplazamientos del dominio público portuario.

De esta forma, en ejecución de dicho protocolo, la Autoridad Portuaria de Barcelona celebró un convenio y otorgó al CZFB el 23 de julio de 2025 una nueva concesión administrativa sobre una parcela situada en la Ronda del Port.

Paralelamente, y con el objetivo de garantizar una transición ordenada y sin interrupciones de la actividad de Zona Franca, la Autoridad Portuaria ha otorgado al CZFB autorizaciones temporales sobre terrenos alternativos dentro del recinto portuario, permitiendo la reubicación progresiva de los actuales operadores y arrendatarios que desarrollan su actividad en el Muelle Álvarez de la Campa, preservando durante el periodo transitorio la continuidad de los tráficos y del régimen aduanero aplicable.

El acuerdo

Con la aprobación en Consejo de Ministros se acometerá la incorporación a la Zona Franca aduanera de la parcela concesionada situada en la Ronda del Port, con una superficie inicial de 53.379,91 metros cuadrados, que quedará reducida a 49.779,19 metros cuadrados como consecuencia de la expropiación prevista por la Autoridad Portuaria para el desarrollo de un vial portuario. 

A dicha superficie se añade la incorporación como zona franca aduanera de 20.183,44 metros cuadrados correspondientes a parcelas situadas en una zona anexa al recinto principal de la Zona Franca, con el objeto de compensar la pérdida de superficie derivada de la nueva ubicación y de mantener la coherencia de los aprovechamientos urbanísticos, evitando la necesidad de futuras operaciones de reparcelación. 

Asimismo, se solicita la habilitación con carácter temporal como zona franca aduanera, por un plazo máximo de tres años o, en todo caso, hasta la finalización y puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones definitivas, de una superficie aproximada de 25.193 metros cuadrados, situada en el Parque de Terminales Portuarias DELTA 1 – Parcela E-10. Con objeto de garantizar la continuidad de las actividades aduaneras y logísticas durante el período transitorio de reubicación por parte de los actuales arrendatarios del Consorcio.

Finalmente, se propone la exclusión y desclasificación progresiva y escalonada como zona franca aduanera de las superficies actualmente ocupadas en el Muelle Álvarez de la Campa, incluyendo los almacenes números 1, 3, 4, 5 y 6 y sus superficies adyacentes. 

El planteamiento es que se lleve a cabo en periodos transitorios, a fin de garantizar la continuidad de las actividades económicas y del régimen aduanero, resultando compatible con la extinción de la concesión actualmente vigente y con el otorgamiento de las autorizaciones temporales necesarias en favor del Consorcio.

La solicitud remitida por el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, se acompaña de los planos, memorias justificativas y documentación técnica que, delimitan de forma precisa las superficies a afectar, tanto en su configuración provisional como definitiva, así como la superficie que se solicita desclasificar. 

La modificación de la ubicación no implica gasto para la Administración General del Estado. Asimismo, las inversiones necesarias para la adecuación del nuevo recinto serán financiadas con cargo a los recursos propios del Consorcio y, en su caso, mediante convenios o aportaciones de las entidades participantes y de la Autoridad Portuaria de Barcelona.

Además, el traslado se prevé neutral en términos presupuestarios, y permitirá, a medio plazo, un incremento de la actividad económica y de los ingresos derivados de la gestión del nuevo recinto.

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