Ogasuneko Ministerioa

Buscador de Contenidos

Autorizada la aplicación del Fondo de Contingencia para atender los gastos de participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de paz

Asteartea, 10 de otsaila de 2026
Partekatu:

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 698.503.198,89 euros para atender los gastos ocasionados por la participación de las Fuerzas Armadas Españolas en operaciones de mantenimiento de la paz.

Las diferentes misiones en las que participan las Fuerzas Armadas Españolas atienden a los tres grandes objetivos estratégicos siguientes: proporcionar estabilidad y seguridad; luchar contra el terrorismo; y disuadir y defender el territorio aliado.

Para hacer efectivos tales objetivos estratégicos, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2025 se adoptaron una serie de acuerdos relacionados con la prórroga hasta finales de este año de una serie de operaciones. Algunas de ellas relacionadas con la participación de las Fuerzas Armadas y Guardia Civil españolas en misiones fuera del territorio nacional; o con la participación en misiones de disuasión y defensa en el marco de fuerzas de la OTAN.

También se prorroga actividades de seguridad cooperativa y bilaterales para fortalecer las capacidades de seguridad y prevenir conflictos en zonas de África, Oriente Medio o Iberoamérica. 

Además, se fijan en 400 los observadores, monitores, oficiales de enlace o asesores militares que puede desplegar España hasta el 31 de diciembre de 2026, a solicitud, en su caso, del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para contribuir a misiones de diplomacia, gestión de crisis, de paz o de ayuda humanitaria, y atender a los compromisos que, en el marco multilateral, pueda adoptar España a la vista de la evolución de los procesos de paz en la Franja de Gaza. 

Otro de los acuerdos contempla la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 de la autorización de posibles despliegues de corta duración en el exterior de la Unidad Militar de Emergencias (UME) y de otras unidades de las Fuerzas Armadas ante situaciones de grave riesgo, catástrofes y calamidades u otras necesidades en apoyo a otras solicitudes bilaterales de naturaleza urgente en el marco de los intereses compartidos con países socios y aliados.

Por tanto, en aplicación del artículo 50.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado la aprobación del Consejo de Ministros de la aplicación del Fondo de Contingencia.

Ogasun Ministerioaren (X) kanala

Agenda de actividades y eventos

Banner nabarmenduak