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Autorizados los límites de gasto para la restauración de infraestructuras agrícolas dañadas por las borrascas registradas en Andalucía y Extremadura

Asteartea, 21 de apirila de 2026
Partekatu:

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la ejecución de las medidas de recuperación de la capacidad productiva recogidas en el artículo 12 del Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en Andalucía y Extremadura.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 10 de febrero de 2026 acordó declarar zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil los distintos territorios afectados por las inundaciones y otros sucesos acaecidos entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026.

El Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura ha supuesto una primera respuesta a la situación provocada por la catástrofe.

Concretamente, el artículo 12 recoge las medidas de recuperación de la capacidad productiva a través de la restauración de caminos e infraestructuras asociadas y recuperación de comunidades de regantes afectadas.

Para financiar estas medidas en materia agraria, se aprueba un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por importe de 600 millones de euros, que tiene naturaleza de ampliable e incorporable.

Como consecuencia de la gran extensión de los terrenos afectados, de la magnitud y gravedad de los daños, y teniendo en cuenta que el ritmo de ejecución debe acoplarse a la actividad económica y social de la zona, se estima que las actuaciones de emergencia tendrán una duración de 24 meses, abarcando las anualidades de 2026, 2027 y 2028, conforme al siguiente detalle (importes en euros):

Previsión dePrevisión dePrevisión deTOTAL
ejecución en 2026ejecución en 2027ejecución en 2028
100.000.000350.000.000150.000.000600.000.000

Dado que dicha aplicación presupuestaria carece de crédito inicial, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en las anualidades de 2027 y 2028 de acuerdo con lo previsto en la Ley General Presupuestaria, en los siguientes términos:

Límite de compromiso
Añomáximo a adquirir (€)
2027350.000.000
2028150.000.000

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