El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autorizan los límites y el número de anualidades para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, según el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática la convocatoria de subvenciones para paliar los daños en las zonas afectadas por las emergencias de Protección Civil de distinta naturaleza acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y 9 de febrero de 2026 en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, La Rioja y Región de Murcia, así como en la ciudad autónoma de Ceuta.
La Dirección General de Cooperación Autonómica y Local solicita autorización para fijar los límites con base en lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar la convocatoria de subvenciones para paliar los daños en las zonas afectadas por las emergencias de protección civil de distinta naturaleza acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y 9 de febrero de 2026, para la aplicación presupuestaria ‘Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular. Declaraciones ZAGEPC 2026’, no existiendo crédito inicial en el presupuesto aprobado para 2023, prorrogado para el año 2026.
El apartado tercero del Acuerdo de Consejo de Ministros 10 de febrero de 2026 establece un régimen de ayudas a entidades locales para la recuperación de la zona siniestrada, en el que se establece que: "A los proyectos directamente relacionados con los siniestros a los que se refiere el apartado primero que ejecuten los ayuntamientos, los consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, de los consejos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, se les aplicará la tramitación de urgencia (…) y se les podrá conceder una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste, excluidos de estas ayudas los trabajos llevados a cabo con medios propios no personificados de la entidad local, ya sean materiales, maquinaria o personal".
Teniendo en cuenta la previsión de plazos, está previsto que la convocatoria de ayudas se produzca en el segundo trimestre de 2026, mientras que la resolución de asignación de las subvenciones, así como el inicio de su ejecución presupuestaria se realizará en el tercer trimestre de 2026, prolongándose esta última fase en los ejercicios 2026 a 2031. La convocatoria tendrá un importe total máximo de 138.504.449,79 euros con el siguiente detalle de compromisos anuales:
| Año | Importe en euros | |
| 2026 | 48.476.557,44 | |
| 2027 | 27.700.889,96 | |
| 2028 | 20.775.667,48 | |
| 2029 | 13.850.444,97 | |
| 2030 | 13.850.444,97 | |
| 2031 | 13.850.444,97 | |
| TOTAL | 138.504.449,79 |
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