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Igualdad de género

La Inspección General del Ministerio es la competente en esta materia, a través de la Unidad de Igualdad, según establece el artículo 15.1 n)  del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de HaciendaAbre en nova ventá, a cuyo tenor realizará las funciones que, de acuerdo con su consideración como unidad de igualdad, se recogen en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombresAbre en nova ventá.

Realiza anualmente un informe de seguimiento de las políticas de igualdad en el Ministerio de Hacienda y Función, atendiendo a los criterios de la mencionada Ley Orgánica 3/2007, recogiendo las actuaciones de los centros directivos.

Asimismo, analiza las áreas de mejora que se producen en la implantación de las políticas de igualdad e impulsa los necesarios avances para cumplir las exigencias normativas, sin olvidar el permanente asesoramiento que sea requerido tanto internamente como desde otros departamentos.

La Inspección General representa al Departamento en el Consejo de Participación de la Mujer, y en cualquier otro grupo de trabajo que se constituya para analizar estas materias, incluyendo las relativas a la prevención de las violencias de género, o el estudio de los diversos planes de Igualdad que se aprueben en la Administración General del Estado.

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