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Autorizada los límites de gasto para la convocatoria de ayudas para la creación de unidades de aceleración dual

Martes, 17 de marzo de 2026
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El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes la convocatoria de ‘Ayudas para la creación de unidades de aceleración dual’.

La convocatoria de ‘Ayudas para la creación de Unidades de Aceleración Dual’ tiene como objetivo la creación de 100 unidades en zonas de concentración de empresas, impulsando el contacto y asesoramiento entre los centros de formación profesional y las entidades empresariales, y fomentando la formación práctica del alumnado y trabajadores. 

La ayuda total asciende a dos millones de euros, con la siguiente distribución: 

Distribución del crédito por aplicación presupuestaria para los años 2026 y 2027
Aplicación presupuestaria20262027
18.05.241B.464687.659,68312.340,32
18.05.241B.474687.659,68312.340,32
TOTAL 1.375.319,36 624.680,64

Al tratarse de un expediente de tramitación plurianual, que abarcará los ejercicios 2026 y 2027, se hace necesario autorizar límites en el año 2027, al no existir crédito inicial en el año 2026, de acuerdo con la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con el siguiente resumen:

18.05.241B.464 “A entidades locales para la realización de actuaciones vinculadas al Sistema de Formación Profesional

Límites de compromiso máximo a adquirir por aplicación presupuestaria en 2027
AñoLímite de compromiso máximo a adquirir
2027312.340,32

18.05.241B.474 “A entidades o empresas privadas para la realización de actuaciones vinculadas al Sistema de Formación Profesional"

Límites de compromiso máximo a adquirir por aplicación presupuestaria en 2027 Parte 2
AñoLímite de compromiso máximo a adquirir
2027312.340,32

Por todo ello, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha sometido este acuerdo para su autorización por el Consejo de Ministros.

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