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Autorizado un suplemento de crédito en el FEGA para garantizar el buen funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión y Control de las superficies agrícolas

Martes, 28 de abril de 2026
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El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la concesión de un suplemento de crédito en el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), por importe de 10.062.306,20 euros, para garantizar el adecuado funcionamiento del sistema de monitorización y del conjunto de los elementos del Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC).

La modificación presupuestaria se justifica por la necesidad de dar continuidad, durante el ejercicio 2026, a las labores de mantenimiento y mejora del sistema de monitorización de las superficies agrícolas, que constituye un elemento esencial del Sistema Integrado de Gestión y Control. 

Asimismo, la Base de Datos de Ayudas, junto con el resto de bases de datos asociadas a ella, constituye uno de los sistemas de información esenciales del FEGA en el ejercicio de sus funciones. El establecimiento, funcionamiento y actualización de estos sistemas resulta imprescindible para garantizar el cumplimiento del marco normativo europeo y nacional aplicable a las ayudas de la Política Agraria Común (PAC).

El FEGA no dispone de los medios humanos y materiales suficientes para acometer directamente estas actuaciones, por lo que resulta necesario llevarlas a cabo mediante encargos a la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC):

- Modificación del encargo relativo a la realización de los trabajos de monitorización de las ayudas de la Política Agraria Común.

- Nuevo encargo para el mantenimiento y nuevos desarrollos de las aplicaciones de apoyo y coordinación del FEGA con las comunidades autónomas para la campaña 2026/2027.

Teniendo en cuenta las necesidades previstas y el crédito disponible, es necesario incrementar la dotación del concepto 640 en 10.062.306,20 euros.

Por consiguiente, el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., considera necesario tramitar un expediente de suplemento de crédito por el citado importe, financiado con la parte del remanente de tesorería del Organismo que, al cierre del ejercicio anterior, no fue aplicada a su presupuesto.

En consecuencia, se ha propuesto la modificación de crédito solicitada, cuya competencia corresponde al Consejo de Ministros.

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