El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir durante 2026 compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al IMSERSO la contratación, prórroga y tramitación anticipada de diversos expedientes de gastos corrientes en bienes y servicios en el programa ‘Envejecimiento activo y prevención de la dependencia’, fundamentalmente para los programas de turismo y termalismo social.
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) ha solicitado autorización para modificar los límites establecidos en la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con cargo al capítulo II ‘Gastos corrientes en bienes y servicios’ del programa ‘Envejecimiento Activo y Prevención de la Dependencia’, para posibilitar la contratación, prórroga y tramitación anticipada de diversos expedientes para el correcto funcionamiento de los servicios, fundamentalmente para los programas de turismo y termalismo social, mediante la tramitación de distintos expedientes de contratación y prórroga, por importe de 64.380.166,36 euros y la tramitación anticipada de otros por importe de 72.646.412,20 euros.
El Presupuesto para 2026 del capítulo II ‘Gastos corrientes en bienes y servicios’, a nivel de vinculación, programa ‘Envejecimiento Activo y Prevención de la Dependencia’, es de 112.797.290 euros.
Los expedientes tramitados hasta la fecha e imputados al capítulo II del citado programa del presupuesto de gastos del IMSERSO, correspondientes a los ejercicios 2027 y 2028, sumados a los nuevos compromisos, presentarían los siguientes compromisos totales::
| Año | Compromisos existentes | Nuevos compromisos | Total compromisos |
|---|---|---|---|
| 2027 | 7.094.511,57 € | 94.781.975,67 € | 101.876.487,24 € |
| 2028 | 2.840,50 € | 36.334.102,89 € | 36.336.943,39 € |
| 2029 | 0,00 € | 5.910.500,00 € | 5.910.500,00 € |
En consecuencia, resulta necesario someter a la decisión del Consejo de Ministros la elevación del límite de compromiso de gasto sobre el crédito presupuestario para el capítulo II ‘Gastos corrientes en bienes y servicios’ del citado programa 3132 para el ejercicio 2027.
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