El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar a Turespaña (Instituto de Turismo de España) hacer frente a los compromisos derivados de las convocatorias de becas para la realización de prácticas profesionales.
La Orden ICT/885/2018, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de becas del Instituto de Turismo de España para la realización de prácticas profesionales, constituye el marco en el que se conceden becas para el desarrollo de actividades formativas en la red de Consejerías de Turismo en el exterior o en los servicios centrales de Turespaña y la Secretaría de Estado de Turismo, con el fin de lograr una mayor cualificación y formación de los recursos humanos del sector turístico español, así como un mejor conocimiento de los mercados emisores de turistas internacionales y los atributos diferenciales que conforman la identidad de la marca España.
La última convocatoria, correspondiente al periodo 2024/2025, se resolvió el 16 de diciembre de 2024 y la incorporación de los beneficiarios se produjo a lo largo de 2025.
Posteriormente, el 18 de diciembre de 2025, la presidencia de Turespaña resolvió prorrogar la duración de las becas en 12 meses, en virtud del apartado 23.2 de la convocatoria, hasta el 31 de enero de 2027.
Con objeto de continuar contribuyendo a la formación de los recursos humanos en el sector, Turespaña prevé convocar en 2026 nuevas becas para prácticas profesionales, lo que permitiría la incorporación de los beneficiarios el 1 de marzo de 2027 por un plazo de 12 meses.
Teniendo en consideración lo anterior, el gasto previsto en 2027 incluirá, por una parte, el pago de las dos últimas mensualidades de las becas prorrogadas actualmente en ejecución, y, por otra, el anticipo del 10% y las primeras diez mensualidades de los nuevos becarios que se incorporen en marzo de ese año, así como los gastos en Seguridad Social.
Las nuevas necesidades de crédito descritas anteriormente en la aplicación presupuestaria ‘Becas para alumnos de turismo’, desglosadas por ejercicio presupuestario, son las que se detalla a continuación (importes en euros):
| Convocatoria actual (prórrogas) Anualidad 2027 | Convocatoria 2027 Anualidad 2027 (Anticipo + 10 meses) | Total 2027 | Convocatoria 2027 Anualidad 2028 (2 meses) | |
|---|---|---|---|---|
| Importe bruto | 174.000,00 | 1.053.941,35 | 1.227.941,35 | 185.989,65 |
| Gastos seguridad social | 6.000,00 | 25.920,00 | 31.920,00 | 8.640,00 |
| TOTAL | 180.000,00 | 1.079.861,35 | 1.259.861,35 | 194.629,65 |
Por todo lo anterior, se solicita la autorización del Consejo de Ministros para modificar los límites a los que se refiere la Ley General Presupuestaria, en el ejercicio 2027, según lo previsto en el apartado 3 del mismo artículo, en los siguientes términos:
| Año | Límite de compromiso máximo a adquirir (€) |
|---|---|
| 2027 | 1.259.861,35 |
| 2028 | 194.629,65 |
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