El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Comisionado de Salud Mental del Ministerio de Sanidad dar continuidad al convenio para el apoyo y cooperación de la atención comunitaria en salud mental en situaciones de emergencias y/o desastres naturales como consecuencia de la DANA registrada en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
El Comisionado de Salud Mental, dependiente del Ministerio de Sanidad, ha sido el centro directivo que ha solicitado esta autorización.
De acuerdo con el artículo 11 del Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, es precisamente el Comisionado de Salud Mental es el órgano del departamento al que corresponde desarrollar las líneas estratégicas en salud mental del Departamento.
El pasado 31 de marzo de 2026 el Consejo de Ministros aprobó el acuerdo por el que se modificaban los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para adquirir gastos con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio de Sanidad, al objeto de posibilitar al Comisionado de Salud Mental la tramitación de diferentes contratos de servicios en materia de salud mental. En virtud de ese acuerdo, el límite máximo de compromisos a adquirir quedó establecido como se indica a continuación:
| Año | Límite de compromiso máximo a adquirir (€) |
2027 4.853.934,19
2028 5.408.360,18
2029 1.841.510,02
Con posterioridad a la aprobación de este acuerdo, el Comisionado de Salud Mental ha estimado necesario dar continuidad, ante la finalización del próximo 10 de julio de 2026, al convenio suscrito entre el Ministerio de Sanidad, la Fundación Estatal Salud, Infancia y Bienestar Social y la Conselleria de Sanidad de la Comunitat Valenciana y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el apoyo y cooperación de la atención comunitaria en salud mental en situaciones de emergencia y/o desastres naturales, publicado en el Boletín Oficial del Estado mediante resolución de 13 de marzo de 2025.
El citado convenio se derivaba de la situación de emergencia e impacto psicológico ocasionada por la DANA acaecida entre los días 28 de octubre y 4 de noviembre de 2024.
De conformidad con lo previsto en la cláusula quinta del convenio, se ha previsto prorrogar el mismo hasta el 30 de noviembre de 2027 a través de una adenda, con un coste total de financiación de las actividades de intervención psicosocial por importe de 1.053.120,04 en el ejercicio 2026 y de 2.691.524,47 euros en 2027.
Para poder incorporar las nuevas necesidades derivadas de la adenda del convenio se solicita una nueva elevación de límites de compromisos de gastos de carácter plurianual, conforme a lo previsto en el artículo 47.3 de la Ley General Presupuestaria, con el detalle siguiente:
| Aplicación 26.06.313B.22 | Año 2027 | Año 2028 | Año 2029 |
| Compromisos adquiridos | 830.342,53 € | 0,00 € | 0,00 € |
| Nuevos compromisos a adquirir | 6.715.116,13 € | 5.408.360,18 € | 1.841.510,02 € |
| Total Compromisos | 7.545.458,66 € | 5.408.360,18 € | 1.841.510,02 € |
Por lo expuesto, al superarse en los ejercicios 2027, 2028 y 2029 los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para elevar el límite de compromisos máximos de gastos en la mencionada aplicación.
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