El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas para garantizar la prestación del servicio público encomendado a la Corporación Radio Televisión Española, S.A., S.M.E.
Radio Televisión Española tiene encomendado, por la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, la prestación de un servicio público. Este servicio se califica como esencial por la propia Ley para la cohesión de una sociedad democrática.
Es obligación del Estado asegurar una financiación suficiente del servicio público cuya prestación se encomienda por ley a CRTVE, siendo el equilibrio económico-financiero de ésta una condición necesaria para su adecuada prestación.
Para lograr ese objetivo es necesaria una actuación normativa con rango de ley, que modifique la Ley 17/2006, estableciendo que los impuestos no deducibles vinculados a la prestación del servicio público formarán parte del coste del servicio público y deben ser objeto de compensación por el Estado.
De este modo, este Real decreto-ley modifica la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, introduciendo un nuevo artículo que señale que los impuestos que no resulten deducibles, tendrán la consideración de coste del servicio público audiovisual estatal.
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