El interesado debe disponer de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos para la devolución del IVA, para su posible presentación en el punto de sellado.
Plazo de resolución
6 Mes/es
Efecto silencio interesado
Positivo
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fin vía
No
Recursos
Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa