El procedimiento de verificacion de obligaciones tendrá por objeto comprobar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias asi como los actos, elementos y valoraciones
Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)
Se inicia de oficio por la Administración.
En el caso de comprobaciones de alcance parcial, el contribuyente puede pedir la ampliación a general.
Plazo de resolución
18 Mes/es
Efecto silencio oficio
No Tiene
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.