Denuncia de pagos en efectivo
Poner en conocimiento de la Agencia Tributaria, identificando a la otra parte, el incumplimiento de la limitación a los pagos en efectivo con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera (10.000 si el pagador es persona física que no actúa como empresario profesional sin domicilio fiscal en España).
Si se hace por uno de los intervinientes en la operación dentro de los tres meses siguientes al pago, se estará exento de responsabilidad en la consiguiente infracción. Sin embargo, la presentación simultánea de denuncia por ambos intervinientes en la operación no exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos.
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