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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Declaración administrativa de la Administración General del Estado como heredera

abintestato

Tipo de procedimiento/servicio
Gestión Económica y Patrimonial
Materia
Patrimonio
Código SIA
202580
Descripción

Resolución de la Dirección General del Patrimonio del Estado sobre la declaración

de heredero abintestato a favor del Estado, ante la falta de personas que tengan

derecho a heredar conforme a lo dispuesto en el Código Civil

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Dirección General del Patrimonio del Estado (E00126605)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Oficio
Destinatario/s oficio
  • Ciudadano
  • Administración
Documentación
  • En caso de denuncia: Justificación del fallecimiento del causante. Domicilio del causante en el momento del fallecimiento. Procedencia de la sucesión intestada por concurrir alguno de los supuestos previstos en el artículo 912 del Código Civil. Relación de bienes y derechos del causante e información sobre las personas que en su caso los estuviesen disfrutando o administrando.
Plazo de resolución

1 Año/s

Efecto silencio oficio
No Tiene
Órgano de resolución
  • Dirección General del Patrimonio del Estado
Fin vía
No
Recursos
  • Recurso de Alzada ante la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública. Plazo de interposición: 1 mes
  • Reclamación previa a la vía jurisdiccional civil contra Resoluciones dictadas antes del 2 de octubre de 2016 dirigida al Ministro de Hacienda y Función Pública (Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia). El plazo dependerá de la naturaleza del objeto de la reclamación
  • Demanda ante el órgano jurisdiccional civil competente contra las Resoluciones dictadas a partir del 2 de octubre de 2016. El plazo dependerá de la naturaleza del objeto de la demanda.
Normativa básica
  • Código Civil, artículo 956
  • Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, artículos 791, 792 y 793
  • Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, artículos 20, 20 bis, 20 ter y 20 quater
  • Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
Lugar presentación
  • Cualquiera de los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la citada Ley
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio, Acuerdo de incoación, Instrucción y Resolución conforme al artículo 20 bis
  • de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
  • Públicas
URL tramitación electrónica
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Formularios
Requisitos identificación personas físicas
Alto: DNI electrónico, otros certificados reconocidos en soporte HW, con la certificación de una entidad de certificación acreditada
Requisitos identificación personas jurídicas
Alto: DNI electrónico, otros certificados reconocidos en soporte HW, con la certificación de una entidad de certificación acreditada
Sistemas de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
Integrado en Clave
Practica notificaciones
  • Postal
  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada
  • Electrónica por Dirección Electrónica Vial
  • Publicación a efectos de notificación
Sujeto a tasas
No
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