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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Canal interno de información Ley 2/2023 (comunicación de infracciones realizadas por personal de la AEAT)

Tipo de procedimiento/servicio
Sugerencias, Quejas, Denuncias e información a los ciudadanos
Materia
Impuestos
Código SIA
2094293
Descripción

A través de este Canal solo se admitirá la comunicación de información relativa a conductas o comportamientos del personal de la Agencia Tributaria contrarias al ordenamiento jurídico de acuerdo con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. No se tramitarán denuncias tributarias ni quejas. (Si desea presentar una denuncia debe ir al apartado denuncia tributaria en esta misma sede electrónica). (Si desea formular una queja por el mal funcionamiento de los servicios puede presentarla ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente).

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario/s interesado
  • Administración
Requisitos del solicitante
Las personas físicas que en un contexto laboral o profesional con la Agencia Tributaria comuniquen la información utilizando este canal, tendrán derecho a las medidas de protección que establece la Ley 2/2023, salvo que las comunicaciones hayan sido inadmitidas, que sean informaciones vinculadas a reclamaciones sobre conflictos interpersonales o que afecten únicamente al informante y a las personas a las que se refiera la comunicación o revelación o informaciones que ya estén completamente disponibles para el público o que constituyan meros rumores.
Documentación
  • La comunicación que se presente deberá comprender el mayor número de datos conocidos que sean necesarios para la identificación de las personas a las que se refiere la información, así como de las conductas contrarias al ordenamiento jurídico que se les atribuyen.
  • Descripción detallada de los hechos y conductas realizadas que puedan constituir algún tipo de infracción y sobre las que se quiera informar. Se acompañará la documentación de que se disponga para acreditar esos hechos
  • En su caso, indicación de la relación laboral o profesional que vincula al informante con la Agencia Tributaria a efectos de que le puedan resultar de aplicación las medidas de protección que establece la Ley 2/2023 y cualesquiera otros hechos que puedan considerarse oportunos o relevantes.
Plazo de resolución

3 Mes/es

Más información sobre plazos
Siempre que el comunicante en el momento de suministrar la información haya consignado un correo electrónico y se haya identificado con certificado electrónico o Cl@ve, de forma que se garantiza su identidad, será informado, en un plazo razonable que salvo excepciones no podrá ser superior a tres meses, del resultado de su comunicación. No obstante, el comunicante podrá renunciar a la recepción de cualquier comunicación sobre las actuaciones llevadas a cabo.
Efecto silencio interesado
No Tiene
Órgano de resolución
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
  • No procede
Normativa básica
Lugar presentación
  • Telemática.
  • Oficinas de la AEAT.
  • Oficinas de Correos.
  • Otros lugares contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio: presentación de la denuncia por el denunciante.
  • Tramitación: se analiza y califica la denuncia.
  • Terminación: archivo o iniciación de actuaciones según la calificación otorgada
URL tramitación electrónica
Página de tramitación electrónicaAbre nueva ventana
Formularios
Sistemas de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • No requiere autenticación
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Sujeto a tasas
No
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica

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