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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Declaración de depósito temporal.

Tipo de procedimiento/servicio
Tributaria
Materia
Aduanas
Código SIA
992134
Descripción

Procedimiento tributario de presentación de declaraciones de depósito temporal. Se exige como requisito previo para asignar destino aduanero a la mercancía introducida en el territorio aduanero comunicatio y deberá ser presentada de forma general antes de la llegada de la mercancía a dicho territorio. En el caso de mercancía introducida por vía marítima, la declaración puede presentarse en papel o por vía electrónica mediante mensaje EDIFACT, a través de INTERNET, bien a las Autoridades portuarias o a la propia AEAT en virtud del acuerdo de ventanilla única entre la AEAT y Puertos del Estado. En transporte aéreo la presentación se realiza directamente a la AEAT.

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario/s interesado
  • Ciudadano
  • Empresa
Documentación
  • Si no se presentó la declaración de despacho temporal, se podrá aceptar uno de los siguientes documentos como declaración de depósito temporal: Una referencia a cualquier declaración sumaria de entrada presentada con los datos de una declaración de depósito temporal o un manifiesto u otro documento de transporte, siempre que contenga los datos de una declaración de depósito temporal.
Plazo de resolución

6 Mes/es

Efecto silencio interesado
No Tiene
Órgano de resolución
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fin vía
No
Recursos
  • Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Normativa básica
Lugar presentación
  • Telemática.
  • Oficinas de la AEAT
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio. Presentación de la declaración.
  • Tramitación. En su caso, revisión de la misma por la aduana.
  • Terminación. Contestación automatizada de la Administración comunicando la admisión o rechazo (por errores en la cumplimentación) de la declaración.
URL tramitación electrónica
Página de tramitación electrónicaAbre nueva ventana
Formularios
Sistemas de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Practica notificaciones
  • Postal
  • Electrónica por comparecencia en Sede
  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada
Sujeto a tasas
No
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica

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