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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Modelo 363. IVA. Solicitud de reconocimiento previo de la exención en el marco de las relaciones diplomáticas, consulares y de los Organismos internaciones reconocidos por España. (Artículo 10, apartado 1 del Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre)

Tipo de procedimiento/servicio
Tributaria
Materia
Impuestos
Código SIA
997519
Descripción

Procedimiento cuyo objeto es el reconocimiento previo del derecho a la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido en el marco de las relaciones diplomáticas, consulares, de los Organismos Internacionales reconocidos por España.

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario/s interesado
  • Ciudadano
  • Empresa
Requisitos del solicitante
Más información sobre la protección de datos en la Agencia Tributaria en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/condiciones-uso-sede-electronica/datos-personales.html
Documentación
  • A la solicitud se acompañarán los documentos contractuales, presupuestos, notas de pedidos o cualesquiera documentos descriptivos de la operación.
Plazo de resolución

Según normativa aplicable

Más información sobre plazos
Los períodos de interrupción justificada que se especifiquen reglamentariamente, las dilaciones en el procedimiento por causa no imputable a la Administración Tributaria, y los períodos de suspensión del plazo que se produzcan conforme a lo previsto legalmente no se incluirán en el cómputo del plazo de resolución.
Efecto silencio interesado
No Tiene
Órgano de resolución
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fin vía
No
Recursos
  • Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Normativa básica
Normativa que regula la tramitación electrónica
Lugar presentación
  • Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.(Relaciones diplomáticas, consulares y Organismos Internacionales).
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio: A instancia de parte. Relaciones diplomáticas, consulares y Organismos Internacionales, mediante la presentación del modelo 363.
  • Tramitación: el procedimiento se tramitará con los documentos aportados o requeridos.
  • Terminación: Resolución expresa. Transcurrido el plazo establecido para la resolución de ambos procedimientos sin que se haya dictado Resolución expresa sobre los mismos, el silencio administrativo tendrá efectos desestimatorio para los supuestos de Relaciones diplomáticas, consulares y Organismos Internacionales. Con un plazo de resolución de 6 meses.
URL tramitación electrónica
Página de tramitación electrónicaAbre nueva ventana
Formularios
Requisitos identificación personas físicas
Alto: DNI electrónico, otros certificados reconocidos en soporte HW, con la certificación de una entidad de certificación acreditada
Requisitos identificación personas jurídicas
Alto: DNI electrónico, otros certificados reconocidos en soporte HW, con la certificación de una entidad de certificación acreditada
Sistemas de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Practica notificaciones
  • Postal
  • Electrónica por comparecencia en Sede
  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada única o DEHú
Sujeto a tasas
No
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica

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