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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Autorizaciones. Solicitud de planes especiales de inversiones y gastos de las Comunidades Titulares de Montes Vecinales en Mano Común.

Tipo de procedimiento/servicio
Tributaria
Materia
Impuestos
Código SIA
997863
Descripción

Valoración por la Administración Tributaria de los ingresos procedentes de la cesión de activos intangibles y de los gastos asociados, así como de las rentas generadas en la transmisión, o bien, la calificación de los activos y valoración de los ingresos y gastos asociados a los mismos, así como de las rentas generadas, partiendo de la propuesta formulada por el obligado tributario. La solicitud deberá presentarse por escrito con carácter previo a la realización de las operaciones. El acuerdo tendrá validez durante los períodos impositivos que se concreten en el propio acuerdo.

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario/s interesado
  • Ciudadano
  • Empresa
Documentación
  • Solicitud del interesado acompañada de la documentación que, como mínimo, se establece en el apartado 2 del artículo 11 del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
Plazo de resolución

6 Mes/es

Efecto silencio interesado
Positivo
Órgano de resolución
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fin vía
No
Recursos
  • La resolución que ponga fin al procedimiento o el acto presunto desestimatorio no serán recurribles, sin perjuicio de los recursos y reclamaciones que contra los actos de liquidación que en su día se dicten puedan interponerse.
Normativa básica
Lugar presentación
  • Telemática.
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio: Solicitud del interesado acompañada de la documentación que, como mínimo, se establece en el apartado 2 del artículo 11 del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
  • Tramitación: Por Equipos o Unidades de Inspección designados por el titular del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria. La Administración Tributaria examinará la solicitud junto con la documentación presentada. A estos efectos, podrán requerir a los obligados tributarios cuantos datos, informes, antecedentes y justificantes tengan relación con la propuesta, así como explicaciones o aclaraciones adicionales. En el procedimiento del acuerdo previo de calificación y valoración, el órgano competente para instruir deberá solicitar informe vinculante a la Dirección General de Tributos, quien lo evacuará en el plazo máximo de 3 meses.
  • Terminación: El procedimiento finalizará, normalmente, por resolución expresa. También cabe la terminación por caducidad o desistimiento. La resolución podrá ser estimatoria, desestimatoria o declarar la inadmisibilidad, y corresponde al Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
  • Ejecución: Ejecución: Se regula un procedimiento de modificación del acuerdo previo de valoración o de calificación y valoración, en el supuesto de variación significativa de las circunstancias económicas existentes en el momento de aprobación del acuerdo, en términos similares al procedimiento para la aprobación inicial del acuerdo. Cabe solicitar prórroga de la vigencia del acuerdo previo de valoración o de calificación y valoración.
URL tramitación electrónica
Página de tramitación electrónicaAbre nueva ventana
Formularios
Sistemas de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Practica notificaciones
  • Postal
  • Electrónica por comparecencia en Sede
  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada única o DEHú
Sujeto a tasas
No
Nivel de interactividad
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