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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Notificaciones.

Tipo de procedimiento/servicio
Convenios de colaboración y comunicaciones administrativas
Materia
Impuestos
Código SIA
998289
Descripción

Procedimiento para recibir las notificaciones, con total seguridad e integridad, a través de medios telemáticos, bien mediante la Notificación por comparecencia electrónica (acceso electrónico por los interesados al contenido de las actuaciones administrativas correspondientes, siempre que quede constancia de dichos acceso), bien mediante la utilización de la Dirección Electrónica Habilitada. Este último tipo de notificación será obligatoria para las personas y entidades a las que se refiere expresamente el Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, que regula los supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y que son fundamentalmente sociedades y otras entidades.

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario/s interesado
  • Ciudadano
  • Empresa
Documentación
  • No procede presentación de documentación accesoria, salvo la relativa a la obtención de certificado electrónico y, en su caso, apoderamiento.
Plazo de resolución

No tiene

Efecto silencio interesado
No Tiene
Órgano de resolución
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Fin vía
No
Normativa básica
Lugar presentación
  • Telemática
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio: En el supuesto de la notificación por comparecencia electrónica, se realizará el acceso a las notificaciones a través de la página web de la Agencia Tributaria. La suscripción voluntaria a notificaciones y comunicaciones a través de la Dirección Electrónica Habilitada, requiere que se disponga de la misma, debiendo realizar posteriormente la selección de los procedimientos de los que se desee recibir las notificaciones por medios telemáticos. Las personas y entidades a las que se refiere el Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, que regula los supuestos de las notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sólo estarán vinculadas desde la recepción de una comunicación con el acuerdo de asignación, la cual podrá recibirse por medios no electrónicos o por medios electrónicos (notificación por comparecencia en sede electrónica de la AEAT ) surtiendo plenos efectos la inclusión desde la primera de ellas que sea practicada (Artículo 5.3 del Real Decreto 1363/2010).
  • Tramitación y Finalización: obtención de la información contenida en las notificaciones y comunicaciones disponibles, o de las recibidas, en su caso.
URL tramitación electrónica
Página de tramitación electrónicaAbre nueva ventana
Formularios
Sistemas de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Sujeto a tasas
No
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica

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