Poner en conocimiento de la Administración Tributaria hechos o situaciones que puedan ser constitutivos de infracciones tributarias o tener trascendencia para la aplicación de los tributos.
Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)
Información general del procedimiento / servicio
Forma de iniciación
Interesado
Destinatario/s interesado
Ciudadano
Empresa
Documentación
Solicitud del interesado acompañando la documentación que considere oportuna.
Demás lugares contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015
Fases del procedimiento/servicio
Inicio: Presentación de la denuncia por el denunciante. A través de dicha denuncia, el denunciante pone en conocimiento de la Administración tributaria hechos o situaciones que puedan ser constitutivos de infracciones tributarias o tener trascendencia para la aplicación de los tributos.
Tramitación: Recibida una denuncia, se remitirá al órgano competente para realizar las actuaciones que pudieran proceder.
Terminación.
- Archivo de la denuncia cuando se considere infundada o cuando no se concreten o identifiquen suficientemente los hechos o las personas denunciadas.
- Iniciación de las actuaciones que procedan si existen indicios suficientes de veracidad en los hechos imputados y estos son desconocidos por la Administración tributaria.
En este caso, la denuncia no formará parte del expediente administrativo.
No se considerará al denunciante interesado en las actuaciones administrativas que se inicien como consecuencia de la denuncia ni se le informará del resultado de las mismas. Tampoco estará legitimado para la interposición de recursos o reclamaciones en relación con los resultados de dichas actuaciones.