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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Procedimiento para la formulación y tramitación de quejas y sugerencias ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente

Tipo de procedimiento/servicio
Revisión de actos administrativos y recursos
Materia
Quejas y sugerencias
Código SIA
998097
Descripción

Presentación de quejas que se produzcan por la aplicación del sistema tributario que realizan los órganos del Estado o de sugerencias para mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites administrativos o aumentar el grado de satisfacción de la sociedad en sus relaciones con la Administración tributaria.

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario/s interesado
  • Ciudadano
  • Empresa
Documentación
  • Escrito de remisión de la queja o sugerencia acompañando la documentación que el presentador estime oportuno. Las quejas requieren identificación. Las sugerencias pueden ser anónimas.
Plazo de resolución

15 Día/s natural/es

Más información sobre plazos
El plazo de resolución es de 15 días a contar desde el día siguiente a la entrada de la queja en el registro del órgano responsable del servicio administrativo afectado.
Efecto silencio interesado
No Tiene
Órgano de resolución
  • Consejo para la Defensa del Contribuyente
Fin vía
No
Recursos
  • No procede
Normativa básica
Lugar presentación
  • Telemática.
  • Unidades receptoras en las oficinas con competencias tributarias abiertas al público dependientes de la Secretaría de Estado de Hacienda.
  • Oficinas de Correos.
  • Demás lugares contemplados en el art. 16 de la Ley 39/2015.
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio: presentación de la queja o sugerencia ante la unidad receptora.
  • Tramitación: remisión a la unidad competente para tramitar la queja según el ámbito territorial, remisión al servicio responsable al que afecte la queja que tiene que contestar directamente al contribuyente. El contribuyente puede formular disconformidad con la contestación. La disconformidad es contestada por la Presidencia del Consejo para la Defensa del Contribuyente.
  • Terminación: con la contestación del Servicio responsable si no hay disconformidad; si la hay, con la contestación de la Presidencia del Consejo para la Defensa del Contribuyente.
URL tramitación electrónica
Página de tramitación electrónicaAbre nueva ventana
Formularios
Sistemas de identificación
  • No requiere autenticación
Integrado en Clave
No procede
Practica notificaciones
  • Postal
Sujeto a tasas
No
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica

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