Procedimiento sancionador art. 7 Ley 7/2012 gestionado por Inspección
Tipo de procedimiento/servicio
Sancionadora
Materia
Impuestos
Código SIA
201005
Descripción
Procedimiento dirigido a analizar la comisión de una infracción administrativa, y a imponer, si resulta procedente, la sanción que corresponda.
Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)
Información general del procedimiento / servicio
Forma de iniciación
Oficio
Destinatario/s oficio
Ciudadano
Empresa
Plazo de resolución
3 Mes/es
Efecto silencio oficio
No Tiene
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fin vía
No
Recursos
Alzada: Plazo: Un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución ante el órgano del que proviene el acto administrativo recurrido o ante el que debe resolver.
Inicio: el procedimiento se inicia de oficio por acuerdo del órgano competente, cuando tenga indicios de que se ha producido un pago en efectivo de alguna operación en la que haya intervenido un empresario o profesional con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera, o por importe de 15.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional y estime que estos hechos pueden ser sancionables.
Tramitación: los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, se realizarán de oficio por el órgano que tramite el procedimiento. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio. Instruido el procedimiento, se formulará propuesta de resolución en la que se recogerán de forma motivada los hechos, su calificación jurídica y la infracción que aquellos puedan constituir o la declaración, en su caso, de inexistencia de infracción o responsabilidad. Se concretará asimismo la sanción propuesta.
Terminación: el procedimiento terminará por resolución del órgano competente, en la que se imponga la sanción o se considere que los hechos no son sancionables, o por caducidad.