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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Control de la presentación de Declaraciones Informativas.

Tipo de procedimiento/servicio
Tributaria
Materia
Impuestos
Código SIA
998115
Descripción

Control de presentación de declaraciones y autoliquidaciones: Cuando resulten obligados a ellos de acuerdo con su situación censal, cuando la obligación se ponga de manifiesto por la presentación de otras declaraciones, autoliquidaciones o comunicaciones de datos del propio obligado tributario, cuando se derive de información en poder de la Administración procedente de terceras personas, o cuando se ponga de manifiesto en el curso de otras actuaciones o procedimientos de aplicación de los tributos.

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Oficio
Destinatario/s oficio
  • Ciudadano
  • Empresa
Documentación
  • El procedimiento se inicia de oficio por la Administración. El interesado puede presentar la declaración o autoliquidación omitida.
Plazo de resolución

3 Mes/es

Efecto silencio oficio
Caducidad
Órgano de resolución
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fin vía
No
Recursos
  • Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Normativa básica
Lugar presentación
  • Telemática.
  • Oficinas de la AEAT
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio: requerimiento al obligado tributario, para que presente la declaración o autoliquidación omitida o, en su caso, comunique la correspondiente modificación o baja censal.
  • Tramitación: alegaciones del obligado tributario.
  • Terminación: el procedimiento terminará por alguna de las siguientes formas: Por la presentación de la declaración o autoliquidación omitida, por la justificación de la no sujeción o exención en el cumplimiento de la obligación de presentación, por el inicio de un procedimiento de comprobación o investigación, por caducidad, transcurrido el plazo de tres meses sin haber notificado resolución expresa que ponga fin al procedimiento.
URL tramitación electrónica
Página de tramitación electrónica
Formularios
Sistemas de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Clave PIN
Integrado en Clave
No procede
Practica notificaciones
  • Postal
  • Electrónica por comparecencia en Sede
  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada única o DEHú
Sujeto a tasas
No
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica

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