La Comisión Coordinadora es un órgano de composición bilateral Estado – Navarra a la cual se le encomiendan, entre otras, las siguientes funciones:
- Evaluar la adecuación de la normativa tributaria al Convenio Económico con carácter previo a su aprobación.
- Resolver las consultas que se planteen sobre la aplicación de los puntos de conexión contenidos en el Convenio Económico.
- Determinar la aportación económica.
- Cuantificar la valoración anual, provisional y definitiva, del coste de las competencias ejercidas por la Comunidad Foral de Navarra en materia de policía.
- Realizar los estudios que se estimen procedentes para una adecuada articulación estructural y funcional del régimen foral con el marco fiscal estatal.
- Facilitar a las Administraciones competentes criterios de actuación uniformes, planes y programas de informática.
- Acordar los compromisos de colaboración y coordinación en materia de estabilidad presupuestaria.
La Comisión Coordinadora está compuesta por seis representantes de la Administración del Estado y seis representantes de la Comunidad Foral designados por el Gobierno de Navarra.
Su regulación se encuentra en
el artículo 67 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra
aprobado por Ley 28/1990, de 26 de diciembre.