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Autorizada la modificación de los límites de gasto para inversiones en regadíos y caminos rurales

Martes, 2 de junio de 2026
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El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la tramitación de nuevos gastos en la aplicación presupuestaria ‘Inversiones reales’, relativos, especialmente a obras de regadíos y caminos rurales.

A lo largo del ejercicio 2026, en la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria han surgido necesidades derivadas de una serie de compromisos debidos fundamentalmente, en primer lugar, a la ejecución de obras de regadíos, con el consiguiente uso más eficaz de los recursos hídricos que, enmarcadas en la actual situación agroclimática de la agricultura española, tienen una especial relevancia. 

En segundo lugar, los compromisos se centran en la ejecución de las obras de algunos caminos naturales que suponen un potente instrumento de desarrollo rural para las zonas deprimidas por donde discurren. 

Todo ello motiva la necesidad de iniciar la tramitación de varios expedientes que implican un aumento del gasto que supera el porcentaje legalmente establecido para la citada aplicación presupuestaria en los ejercicios 2027, 2028 y 2029.

Las cuantías totales de los nuevos expedientes a tramitar por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación presentan el siguiente detalle por anualidades (importes en euros):

Distribución de nuevas necesidades presupuestarias por anualidad entre 2026 y 2030, incluyendo el importe total.
AnualidadNuevas necesidades
20261.113.673,23
20279.871.451,01
20287.158.883,77
202920.094.957,82
203011.671.393,16
Total49.910.358,99

Con cargo a la aplicación presupuestaria ‘Inversiones reales’, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ya tiene iniciados expedientes de los que se derivan compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. Estas nuevas necesidades, sumadas a los compromisos ya adquiridos son las siguientes (importes en euros):

Comparativa por anualidades de crédito retenido, nuevas necesidades y total de necesidades para los años 2027 a 2030.
Concepto2027202820292030
Crédito retenido39.455.812,2636.957.711,2018.889.327,247.471.716,79
Nuevas necesidades9.871.451,017.158.883,7720.094.957,8211.671.393,16
Total necesidades49.327.263,2744.116.594,9738.984.285,0619.143.109,95

Por todo ello, al superarse los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se requiere la autorización del Consejo de Ministros para elevar el límite de compromisos de gasto para los años 2027, 2028 y 2029.

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