El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para la realización de diversos gastos corrientes en los programas ‘Cooperación, Promoción y Difusión Cultural en el Exterior’, ‘Música y Danza’ y ‘Teatro’, por parte de la Dirección General de Artes Escénicas y Música del Ministerio de Cultura.
El Ministerio de Cultura solicitó, con base en lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, autorización para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en las aplicaciones ‘Material, suministros y otros’, ‘Material, suministros y otros’, ‘Reparaciones, mantenimiento y conservación’ y ‘Material, suministros y otros’, según nivel de vinculación, sin dotación inicial en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026.
La Dirección General de Artes Escénicas y Música (DGAEM), fue creada mediante Real Decreto 1028/2025, de 12 de noviembre, y de ella han pasado a depender la Subdirección General del Teatro y Circo (SGTC), el Museo Nacional de Artes Escénicas (MNAE) y el Centro de Documentación de las Artes Escénicas y de la Música (CDAEM), anteriormente dependientes del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), por lo que sus gastos se imputan desde este ejercicio 2026, desde el punto de vista orgánico, en el nuevo servicio 07 ‘Dirección General de Artes Escénicas y Música’ de este Ministerio.
En este sentido, varios de los expedientes imputables al capítulo 2, programas 144A ‘Cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior’, ‘Música y danza’ y ‘Teatro’, de las citadas unidades de la DGAEM llevan asociados gastos de carácter plurianual, como se describe a continuación.
La DGAEM ha iniciado la tramitación de un convenio de colaboración con el Organismo España Exportación e Inversiones (ICEX) para la participación española en las ferias internacionales ChinaSPAF y APAP NYC en sus ediciones del año 2027 y también un expediente para las correspondientes ferias internacionales de música con carácter plurianual, con los siguientes gastos totales previstos para los próximos años (importes en euros):
| Aplicación | Descripción | Compromiso máximo a adquirir | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Año 2027 | Año 2028 | Año 2029 | Año 2030 | ||
| 24.07.144A.22 | Material, suministros y otros | 153.500,00 | 133.500,00 | 133.500,00 | 133.500,00 |
Dado que no se cuenta con crédito inicial para el año 2026, en el capítulo 2 del Servicio 07 del programa 144A, se solicita la elevación de límites para los gastos correspondientes a los ejercicios 2027, 2028, 2029 y 2030, en la aplicación presupuestaria 'Material, suministros y otros', por los anteriores importes.
Otro programa por el que la DGAEM ha iniciado la tramitación es un convenio de colaboración con la Red de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de titularidad Pública para el desarrollo del Plan de Acción de la Comisión de Creación Contemporánea. La aportación prevista por la DGAEM, a imputar en la aplicación presupuestaria es de 18.000 euros: 6.000 euros en el año 2026 y 12.000 euros en 2027.
Dado que no se cuenta con crédito inicial para el año 2026 en el capítulo 2 del servicio 07 del programa, se solicita la elevación de límites para los gastos correspondientes al ejercicio 2027 por el siguiente importe máximo (en euros):
| Aplicación | Concepto | Año 2027 | Año 2028 | Año 2029 |
|---|---|---|---|---|
| 24.07.335A.22 | Material, suministros y otros | 12.000,00 | 0,00 | 0,00 |
Junto a lo anterior, por Acuerdo de Consejo de Ministros, de 17 de marzo de 2026, se autorizó el expediente 8CF/26 que elevaba los límites de gasto para los ejercicios 2027, 2028 y 2029 en el capítulo 2 de otro programa hasta los siguientes importes (en euros):
| Aplicación | Concepto | Compromiso máximo a adquirir | ||
|---|---|---|---|---|
| Año 2027 | Año 2028 | Año 2029 | ||
| 24.07.335B.21 | Reparaciones, mantenimiento y conservación | 28.500,00 | 28.500,00 | 28.500,00 |
| 24.07.335B.22 | Material, suministros y otros | 1.323.193,70 | 1.221.193,70 | 1.172.193,70 |
Actualmente, se están tramitando, y se van a iniciar, diversos contratos por parte de la División de Archivo, Gestión y Difusión del Patrimonio Escénico y Musical y para sus centros dependientes, y un convenio de colaboración entre la DGAEM (SG Teatro y Circo) y la FEMP para el impulso de la itinerancia del circo en carpa en España y el fortalecimiento de la cooperación entre empresas circenses y administraciones locales en el marco del programa Red de Ciudades Amigas del Circo, con cargo a las aplicaciones y cuyo detalle consta en la memoria adjunta al expediente.
Dado que las necesidades de gasto en los artículos 21 y 22 a nivel de vinculación superan los límites autorizados por acuerdo de Consejo de Ministros de 17 de marzo de 2026, en el expediente 8CF/26, se solicita esta nueva elevación de límites para los gastos correspondientes a los ejercicios 2027, 2028 y 2029 por los siguientes importes máximos (en euros):
| Aplicación | Concepto | Compromiso máximo a adquirir | ||
|---|---|---|---|---|
| Año 2027 | Año 2028 | Año 2029 | ||
| 24.07.335B.21 | Reparaciones, mantenimiento y conservación | 70.300,00 | 70.300,00 | 70.300,00 |
| 24.07.335B.22 | Material, suministros y otros | 1.747.650,00 | 1.281.000,00 | 1.281.000,00 |
De lo anteriormente expuesto se desprende la necesidad de autorizar límites en los años 2027, 2028, 2029 y 2030 en la aplicación “Material, suministros y otros", en el año 2027 en la aplicación 'Material, suministros y otros' y en los años 2027, 2028 y 2029 en las aplicaciones 'Reparaciones, mantenimiento y conservación' y 'Material, suministros y otros', de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con el siguiente resumen (importes en euros):
| Aplicación | Concepto | Compromiso máximo a adquirir | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Año 2027 | Año 2028 | Año 2029 | Año 2030 | ||
| 24.07.144A.22 | Material, suministros y otros | 153.500,00 | 133.500,00 | 133.500,00 | 133.500,00 |
| 24.07.335A.22 | Material, suministros y otros | 12.000,00 | |||
| 24.07.335B.21 | Reparaciones, mantenimiento y conservación | 70.300,00 | 70.300,00 | 70.300,00 | |
| 24.07.335B.22 | Material, suministros y otros | 1.747.650,00 | 1.281.000,00 | 1.281.000,00 | |
Dentro de las disponibilidades financieras asignadas al Ministerio de Cultura en el proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado, habrán de consignarse las dotaciones para atender los compromisos que se asuman dentro de los límites plurianuales acordados por el presente Acuerdo.
Si en cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública, o excepcionalmente por otras causas, no fuera posible la dotación de los correspondientes créditos, el Ministerio de Cultura procederá a adoptar las medidas recogidas en el artículo 47 bis y en la disposición adicional decimonovena de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Por lo que, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se sometió este acuerdo para su autorización por el Consejo de Ministros, en los términos contenidos en la propuesta.
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