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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Interposición de conflictos ante la Junta Arbitral del Convenio Económico de Navarra.

Tipo de procedimiento/servicio
Tributaria
Materia
Impuestos
Código SIA
3013285
Descripción

El procedimiento ante la Junta Arbitral se inicia mediante el planteamiento del conflicto o discrepancia por la Administración del Estado, por las Diputaciones Forales, por una Comunidad Autónoma, por la Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa prevista en el Convenio Económico o a instancias del obligado tributario.

La Junta Arbitral resolverá conforme a derecho, de acuerdo con los principios de economía, celeridad y eficacia, todas las cuestiones que ofrezca el expediente hayan sido o no planteadas por las partes o los interesados en el conflicto, incluidas las fórmulas de ejecución. Los acuerdos de esta Junta Arbitral, sin perjuicio de su carácter ejecutivo, serán únicamente susceptibles de recurso en vía contencioso-administrativa ante la Sala correspondiente del Tribunal Supremo. En ningún caso se podrán plantear conflictos sobre cuestiones ya resueltas o pendientes de resolución por los Tribunales de Justicia.

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Junta Arbitral del Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra (EA0056867)

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