Autorización de la contratación de personal laboral temporal de entidades del Sector Público Institucional Estatal (cupo)
Autorización de la contratación de personal laboral temporal con carácter excepcional y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, en cumplimiento den la Ley de Presupuestos Generales del Estado en vigor, en el siguiente ámbito de aplicación:
- Contratos laborales de carácter temporal por circuntancias de la producción, contratos de relevo y contratos previstos en la disposicion adicional quinta RDley 32/2021.
- Contratos fijos o temporales para la prestación de servicios en el exterior, cualquiera que sea la normativa aplicable.
-Contratos de formación de conformidad con lo previsto en el Estatuto de Trabajadores
-Contratos al amparo del artículo 23 bis de la Ley de la Ciencia.