Ministry of Finance PORTAL INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA

Buscador de Contenidos

Administrative Procedures

General Information

Name

IRPF (Personal Income Tax). Data verification / limited verification.

Type of procedure/service
Tax information
Subject
Taxes
SIA code
997920
Description

Deriving from Personal Income Tax, the verification procedure aims to clarify or justify the discrepancies in the tax returns or self-assessments filed by the party liable for the tax payment or the data relating to the tax returns or self-assessments.

Body responsible for the procedure
State Tax Administration Agency (EA0028512)

General information on the procedure/service

Instigating party
  • Oficio
Recipient office
  • Administration
Documents
  • Initiated automatically by the Tax Agency.
Deadline for resolution

6 Month(s)

Administrative silence office
Expiry
Competent bodies
  • Tax Agency
End of procedure
No
Appeals
  • Reconsideration: Application period: One month. Optionally, before the office that issued the administrative ruling being appealed, stating that no economic-administrative claim has been lodged against said ruling.
  • Economic-administrative claim: Application period: One month from the day following notification of the challenged ruling or from the date on which the proceedings or the prior motion for reversal are deemed rejected. It should be addressed to the administrative body that issued the ruling being challenged.
Basic Regulations
Place of submission
  • Online
  • Tax Agency offices
  • Post offices
  • Other places included in Article 16 of Law 39/2015
Stages of procedure
  • Inicio. De oficio. Verificación de datos: Mediante requerimiento de la Administración para que el obligado tributario aclare o justifique la discrepancia observada o los datos relativos a su declaración o autoliquidación o mediante la notificación de la propuesta de liquidación cuando la Administración cuente con datos suficientes para formularla. Comprobación limitada: Por acuerdo del órgano competente. El inicio de las actuaciones se notificará al obligado tributario mediante comunicación, en la que se le indicará la naturaleza y alcance de las actuaciones y se le informará sobre sus derechos y obligaciones en el curso de las mismas. Cuando los datos en poder de la Administración Tributaria sean suficientes para formular la propuesta de liquidación, el procedimiento podrá iniciarse mediante la notificación de esta propuesta.
  • Tramitación. Verificación de datos: Con carácter previo a la resolución o a la práctica de la liquidación provisional, la Administración notificará al obligado tributario la propuesta de resolución o de liquidación para que efectúe alegaciones en un plazo de diez días. Comprobación limitada: El obligado tributario que hubiera sido requerido deberá personarse en el lugar, día y hora señalados para la práctica de las actuaciones, y deberá aportar la documentación y demás elementos solicitados. Con carácter previo a la resolución, la Administración notificará al obligado tributario la propuesta de resolución o de liquidación para que efectúe alegaciones en un plazo de diez días. Se podrá prescindir del trámite de alegaciones cuando la resolución contenga manifestación expresa de que no procede regularizar la situación tributaria como consecuencia de la comprobación realizada.
  • Terminación: El procedimiento de verificación de datos terminará por alguna de las siguientes formas: a) Resolución, en la que se indique no procede practicar liquidación provisional o en la que se corrijan los defectos advertidos. b) Liquidación provisional. Deberá estar motivada con una referencia sucinta a los hechos y fundamentos de derecho que se hayan tenido en cuenta en la misma. c) Subsanación, aclaración o justificación de la discrepancia o del dato objeto del requerimiento por parte del obligado tributario. Esta circunstancia se hará constar en diligencia, no siendo necesario dictar resolución expresa. d) Caducidad. e) Inicio de un procedimiento de comprobación limitada o de inspección que incluya el objeto de la verificación de datos. La verificación de datos no impedirá la posterior comprobación del objeto de la misma. El procedimiento de comprobación limitada terminará por alguna de las siguientes formas: a) Resolución expresa de la Administración. b) Caducidad. c) Inicio de un procedimiento inspector que incluya el objeto de la comprobación limitada.
URl for online processing
Página de tramitación electrónicaOpen in new window
Forms
Identification system(s)
  • Electronic DNI
  • Digital certificate
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Yes
Practica notificaciones
  • Postal
  • Electronic notification by means of Electronic Submission
  • Electronic notification by means of Enabled E-mail Address
Sujeto a tasas
No
Level of interactivity
Level 4: Online procedure

Highlighted banners

Links to important information of the Ministry of Finance and Civil Service

Online Office (Open in new window)Economico financial database (Open in new window)Open GovernmentTransparency Portal Logo (Open in new window)Public Participation in Regulation Proposais

Ministry of Finance and Civil Service