Modelo 360-Modelo 361. IVA. Gestión de devoluciones a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio en el que soportan el Impuesto
Los empresarios o profesionales no establecidos en el territorio en el que soportan el Impuesto, en quienes concurran determinados requisitos previstos en la normativa, podrán ejercitar el derecho a la devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido que hayan satisfecho o, en su caso, les haya sido repercutido.
Este procedimiento presenta tres modalidades: Solicitudes de devolución del IVA soportado en otros Estados miembros por empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto, Canarias, Ceuta y Melilla (Modelo 360), solicitudes de devolución del IVA soportado en el territorio de aplicación del Impuesto por empresarios o profesionales establecidos en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla (Modelo 360) y solicitudes de devolución del IVA soportado en el territorio de aplicación del Impuesto por empresarios o profesionales establecidos en terceros países con lo que existía reciprocidad (Modelo 361).