El Consejo de Ministros ha autorizado hoy a Cataluña y a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo por un importe máximo de 3.500 y 438,7 millones de euros, respectivamente.
Estas autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y el artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).
En el caso de Cataluña, el Consejo de Ministros le ha autorizado a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 3.500 millones de euros. En concreto, el endeudamiento se destinará a la refinanciación de operaciones existentes con la finalidad de conseguir ahorro financiero.
En cuanto a la Comunidad de Madrid, el Gobierno ha autorizado a esta comunidad a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 438,7 millones de euros.
En concreto, esta comunidad había solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 585 millones de euros, destinadas a financiar el déficit de 2024 pendiente de financiar. En cualquier caso, esta autorización de deuda solo permite formalizar operaciones de deuda por el 75% de dicho importe a la espera de los datos provisionales que se publiquen por la IGAE para el ejercicio 2024.
Estas autorizaciones sólo podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2025.