La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado interpreta la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como el resto de la normativa y jurisprudencia, nacional e internacional, en materia de contratación pública, a través de informes, instrucciones y recomendaciones.
En los informes se analizan cuestiones de carácter general que se someten a consulta a la Junta por los sujetos legitimados para ello.
Las instrucciones tienen por objeto promover la adopción de normas o medidas de carácter general que se consideren procedentes para mejorar los aspectos administrativos, técnicos y económicos de los contratos públicos.
Las recomendaciones son emitidas como consecuencia de las necesidades detectadas por la Junta, tienen la misma naturaleza jurídica que el informe, pero se emiten de oficio.
Las consultas a la Junta Consultiva deben ir referidas a cuestiones generales de la contratación pública. Para consultas masivas de cuestiones (más de cinco diferentes) habrán de presentarse consultas separadas. El Real Decreto 30/1991 establece quién puede pedir informes a la Junta Consultiva.