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Procedimients Administratius

Dades generals

Denominació

Comprobación Censal – Gestión y Control del Registro de Extractores de Depósitos Fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre Hidrocarburos

Tipus de procediment/servei
Tributària
Matèria
Imposts
Codi SIA
2987876
Descripció

Censo integrado por las personas o entidades, cualquiera que sea su condición, que extraigan de los depósitos fiscales los productos incluidos en los ámbitos objetivos respectivos de los impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre Hidrocarburos. El procedimiento tiene por objeto comprobar la veracidad de los datos comunicados por los interesados, por ejemplo el tipo de producto al que se refiera.

Òrgan responsable de la tramitació
Agència Estatal d'Administració Tributària (EA0028512)

Informació general del procediment/servei

Forma d'iniciació
  • Oficio
Destinatari ofici
  • Empresa
Termini de resolució

3 Mes/mesos

Efecte silenci ofici
Negatiu
Òrgans de resolució
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fi via
No
Recursos
  • Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Normativa Bàsica
Normativa que regula la tramitació electrònica
Lloc presentació
  • Telemática, en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Fases del procediment
  • Inicio: mediante requerimiento de la Administración para que el obligado tributario aclare o justifique la discrepancia observada o los datos relativos a su declaración censal, o mediante la notificación de la propuesta de resolución, cuando la Administración Tributaria cuente con datos suficiente para formularla.
  • Tramitación: la Administración deberá notificar al obligado tributario la propuesta de resolución, concediendo un plazo de diez días para efectuar alegaciones. En esta fase, la Administración podrá realizar actuaciones de comprobación censal.
  • Terminación: por alguna de las siguientes formas: a) Resolución, en la que se rectifiquen los datos censales del obligado tributario. b) Subsanación, aclaración o justificación de la discrepancia o del dato objeto del requerimiento por el obligado tributario, sin que sea necesario dictar resolución expresa. De dicha circunstancia se dejará constancia expresa en diligencia. c) Caducidad. d) Inicio de un procedimiento de comprobación limitada o de inspección que incluya el objeto del procedimiento de rectificación.
URL tramitació electrònica
Página de tramitación electrónicaS’obre en una finestra nova
Formularis
Sistema/es d'identificació
  • DNI electrònic
  • Certificat electrònic
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Practica notificaciones
  • Accedint a la Seu electrònica
  • Mitjançant una adreça electrònica habilitada
Sujeto a tasas
No
Nivell d'interactivitat
Nivell 4: Tramitació electrònica

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