El Consejo de Ministros ha aprobado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 413.046.578,8 euros para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
La asignación de Fondo de Contingencia que se contempla en este acuerdo por el citado importe tiene como finalidad la financiación de las siguientes modificaciones de crédito:
- Ampliación de crédito en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por un importe de 24.741.487,21 euros.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, el Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF del ejercicio 2023 correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido. Así mismo se establece que la cuantía asignada para estas actividades será distribuida entre varios Ministerios, correspondiendo al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación el 19,43%.
Según certificación del Director del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), de fecha 22 de abril de 2025, el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a fines sociales como consecuencia de las declaraciones del IRPF devengado en el periodo impositivo 2023 se cifra en 513.110.948,06 euros, ascendiendo el 19,43% de tal cantidad a 99.697.457,21 euros.
La dotación inicial recogida en la aplicación presupuestaria ‘A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para actividades de interés general consideradas de interés social reguladas por el artículo 2 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio’ en el presupuesto prorrogado para 2025 es de 74.955.970 euros. En consecuencia, es necesario un crédito adicional por importe de 24.741.487,21 euros.
- Ampliación de crédito en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre Sociedades por un importe de 10.176.504,55 euros.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece que el Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido. Asimismo, se establece que la cuantía total asignada para actividades de interés general consideradas de interés social se distribuirá entre varios ministerios, correspondiendo al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación un porcentaje del 19,43%.
Según certificación del Director del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de la AEAT, de fecha 22 de abril de 2025, el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a los fines sociales como consecuencia de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades en 2023 asciende a un total de 58.507.169,32 euros. Aplicando el porcentaje de 19,43% a esta cuantía resulta un importe de 16.777.524,55 euros.
La dotación recogida, en presupuesto prorrogado de 2023 para 2025, en la aplicación presupuestaria ‘A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para actividades de interés general consideradas de interés social procedentes del Impuesto sobre Sociedades’ es de 6.601.020 euros, siendo necesario un crédito adicional de 10.176.504,55 euros.
- Ampliación de crédito en el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 para financiar actividades de interés general consideradas de interés social en relación con la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, por un importe de 378.128.587,04 euros.
La ampliación solicitada tiene por objeto la financiación de actividades de interés general consideradas de interés social de conformidad con lo regulado por el artículo 2 del Real Decreto-Ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, en relación con la asignación tributaria del IRPF, así como en la disposición adicional septuagésima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogados para 2025, relativa a la asignación tributaria del 0,7%o de la cuota íntegra del IRPF y del Impuesto de Sociedades, correspondientes al periodo impositivo de 2023.
Las certificaciones emitidas con fecha 22 de abril de 2025, por el director del Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas de la AEAT, recogen el importe definitivo de la asignación tributaria correspondiente a fines sociales en el periodo impositivo de 2023, de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas así como de las Declaraciones del Impuesto de Sociedades, cuyas cuantías ascienden a 513.110.948,06 y 86.348.556,62 euros, respectivamente. En consecuencia, la cuantía total asignada para actividades de interés general consideradas de interés social asciende a un importe global de 599.459.504,68 euros.
El porcentaje que sobre el importe total se asigna al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, de conformidad con lo recogido en la disposición adicional septuagésima segunda de la Ley 31/2022, es del 77,72% que se corresponde con 465.899.927,04 euros. A esta cuantía hay que añadir los ingresos por herencias abintestato a favor del Estado por un importe de 3.782.855,77 euros, que se recogen en la aplicación 29.05.231F.484, dando como resultado unos fondos globales aplicables al citado Departamento por importe de 469.682.782,81 euros.
Por Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, de fecha 23 de mayo de 2025, estos fondos se distribuyen para su gestión entre el tramo autonómico (80%) y el tramo estatal (20%), estableciendo los fondos destinados a las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía en un importe de 375.746.226,25 euros (aplicación 29.05.231F.454) y para actividades de competencia estatal en 93.936.556,56 euros (aplicación 29.05.231F.484).
El crédito inicial de la aplicación 29.05.231F.454 asciende a 85.661.070 euros, que pone de manifiesto una insuficiencia de 290.085.156,25 euros. Por lo que se refiere al crédito inicial de la aplicación 29.05.231F.484, su importe es de 2.110.270 euros al que se suman los 3.782.855,77 euros de la generación por herencias abintestato anteriormente citada, resultando unas necesidades de 88.043.430,79 euros.
Por tanto, en aplicación de la Ley General Presupuestaria, se ha solicitado la aprobación del Consejo de Ministros de la aplicación del Fondo de Contingencia.