La Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, exige en su artículo 11.3 que, una vez activada la cláusula nacional de salvaguarda, se diseñe un Plan de Reequilibrio que permita la corrección de las desviaciones presupuestarias producidas por las circunstancias excepcionales. España, siguiendo la estrategia europea, activó en 2020 la cláusula nacional de salvaguarda prevista en dicho artículo y la ha mantenido activada también para el período 2021-2023.El presente Plan de Reequilibrio tiene como finalidad determinar la senda para alcanzar el objetivo de estabilidad presupuestaria.