Autorización de distribución del incremento retributivo
Se requiere de la autorización para la distribución de incremento retributivo solo para aquellos casos en que en el convenio de la entidad del SPI no tenga prevista la distribución de la aplicación del incremento, y para aquellos casos en que la distribución del incremento no cumpla lo previsto en el artículo 24.Tres de la LPGE de 2023. Es decir, cuando no sea un reparto homogéneo, en todos los conceptos y para todos los trabajadores