Los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración tributaria en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado y sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada y para la imposición de las sanciones que procedan, sin que puedan ser cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos establecidos en el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Más información sobre la protección de datos en la Agencia Tributaria en https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/_pie_/_Datos_personales_/_Datos_personales_.shtml
Dokumentazioa
Solicitud antes de realizar las operaciones cuya exención se pretende.
El solicitante aportará la documentación correspondiente en cada caso.
Ebazteko epea
6 Hilabetea(k)
Más información sobre plazos
Los períodos de interrupción justificada que se especifiquen reglamentariamente, las dilaciones en el procedimiento por causa no imputable a la Administración Tributaria, y los períodos de suspensión del plazo que se produzcan conforme a lo previsto legalmente no se incluirán en el cómputo del plazo de resolución.
Efektu isiltasima interesatua
Negatiboa
Ebazteko organoak
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Bidearen amaiera
No
Errekutsoak
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. Artículo 17. (BOE 31-diciembre-1992)
Aurkezteko lekua
Telemática.
Oficinas de la AEAT.
Oficinas de Correos.
Demás lugares contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
Prozeduraren faseak
Inicio. Presentación de la solicitud.
Tramitación. Existe trámite de audiencia si la propuesta es desestimatoria.