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Procedimientos Administrativos

Datos xerais

Denominación

SEGUNDA ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio

Tipo de procedemento ou servizo
Axudas, bolsas e subvencións
Materia
Subvencións e Axudas
Código SIA
2982533
Descrición

Nueva ayuda en pago único de 200 euros de cuantía para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el ejercicio 2022 hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo, siempre que en 2022 hubieran percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000,00 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 75.000,00 euros anuales a 31 de diciembre de 2022.

Órgano responsable da tramitación (DIR3)
Axencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información xeral do procedemento/servizo

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario interesado
  • Cidadán
Prazo de resolución

3 Mes/es

Máis información de prazo
Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada
Efecto silencio interesado
Negativo
Órganos de resolución
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
  • Reposición: en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación Económico-administrativa: en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Normativa Básica
Dispoñible para tramitación por funcionario habilitado
Lugar Presentación
  • Telemática, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria
Fases do procedemento
  • Inicio: La solicitud se presentará en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, rellenando el correspondiente formulario electrónico en el que, necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono.
  • Tramitación: Se atribuye a la Agencia Tributaria la competencia para gestionar las solicitudes de ayuda y todas las actuaciones de gestión, control y recaudación necesarias para su tramitación, con aplicación de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y sus reglamentos de desarrollo en lo no previsto expresamente en este artículo
  • Terminación: la ayuda acordada se abonará mediante transferencia bancaria, entendiéndose notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia. Cuando, a la vista de la solicitud presentada y la información de que disponga la Agencia Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El solicitante dispondrá de un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución denegatoria, para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes. Transcurrido un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la citada propuesta, sin la presentación de alegaciones, documentos o justificantes, se producirá la finalización del procedimiento en los términos de la propuesta denegatoria, sin necesidad de resolución expresa de la Administración.
URL tramitación electrónica
Páxina de tramitación electrónicaAbre en nova ventá
Formularios
Sistema/s de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Si
Practica notificacións
  • Postal
  • Electrónica por comparecencia na Sede
  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada
Suxeito a taxas
Non
Nivel de interactividade
Nivel 4: Tramitación electrónica

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