Autorización de contratación personal alta dirección
Autorización de contratación personal alta dirección a las entidades del Sector Público Institucional Estatal. Los entes, SME, y EPE no requerirán de autorización previa cuando se trate de la sustitución de la persona que ocupaba el puesto y no suponga la modificación de sus retribuciones, de conformidad con la DA vigésima primera. Dos. 2 LPGE. En estos supuestos, se deberá comunicar a la SEFP la contratación realizada.