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Datos xerais

Denominación

Justificación del estatuto aduanero de mercancías de la Unión (CGM).

Tipo de procedemento ou servizo
Aduaneiro
Materia
Aduanas
Código SIA
3207933
Descrición

Justificación de la acreditación del estatuto aduanero de mercancías de la Unión mediante manifiesto aduanero previsto en los artículos 153.2 y 155 del Código Aduanero de la Unión.

Órgano responsable da tramitación (DIR3)
Axencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información xeral do procedemento/servizo

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario interesado
  • Administración
Requisitos dos solicitante
Información sobre la protección de datos en la Agencia Tributaria en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/condiciones-uso-sede-electronica/datos-personales.html
Documentación
  • Se presumirá que todas las mercancías que se hallan en el territorio aduanero de la Unión tienen el estatuto aduanero de mercancías de la Unión, salvo que se compruebe lo contrario. En casos específicos en que no se aplique la presunción anterior, será preciso aportar la prueba del estatuto aduanero de mercancías de la Unión.
Prazo de resolución

6 Mes/es

Máis información de prazo
Los períodos de resolución, las prórrogas aplicables y la suspensión del cómputo del plazo de resolución se regirán por lo previsto en el Reglamento (UE) 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión y por su normativa de desarrollo [Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 y Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447].
Efecto silencio interesado
Non ten
Órganos de resolución
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fin vía
No
Recursos
  • Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Normativa Básica
  • Artículos 153.2 y 155 del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión.(DOUE, 10-octubre-2013)
Normativa que regula a tramitación electrónica
Lugar Presentación
  • Telemática, en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria
Fases do procedemento
  • Inicio: el interesado presentará los documentos necesarios para justificar el estatuto de la mercancía.
  • Tramitación: la AEAT realizará, en su caso, las comprobaciones oportunas sobre los datos declarados y los documentos adjuntos.
  • Terminación: autorización de disposición de la mercancía por parte del interesado.
URL tramitación electrónica
Páxina de tramitación electrónica
Formularios
Requisitos identificación persoas físicas
Medio: Clave PIN, Clave permanente reforzada con OTP (SMS ao móbil), Certificado recoñecido en soporte SW
Requisitos identificación persoas xurídicas
Medio: Clave PIN, Clave permanente reforzada con OTP (SMS ao móbil), Certificado recoñecido en soporte SW
Sistema/s de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Si
Practica notificacións
  • Electrónica por comparecencia na Sede
  • Electrónica por Enderezo electrónico Habilitado única ou DEHú
Suxeito a taxas
Non
Nivel de interactividade
Nivel 4: Tramitación electrónica

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