Ministeri d'Hisenda PORTAL INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA

Buscador de Contenidos

Procedimients Administratius

Dades generals

Denominació

Ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la DANA

Tipus de procediment/servei
Ajuts, beques i subvencions
Matèria
Imposts
Codi SIA
3156693
Descripció

Se establece un sistema de ayudas directas, correspondiente al ejercicio 2024, para los obligados tributarios, empresarios o profesionales, que a 28 de octubre de 2024 tuvieran declarado su domicilio fiscal en cualquiera de los municipios, o áreas de los mismos, comprendidos en la «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» declarada por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024.

Òrgan responsable de la tramitació
Agència Estatal d'Administració Tributària (EA0028512)

Informació general del procediment/servei

Forma d'iniciació
  • Interesado
Destinatari interessat
  • Ciutadà
  • Empresa
Termini de resolució

3 Mes/mesos

Efecte silenci interessat
Negatiu
Òrgans de resolució
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
  • Reposición: en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación Económico-administrativa: en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Normativa Bàsica
Lloc presentació
  • Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Fases del procediment
  • Inicio: la solicitud se presentará en la Sede electrónica de la AEAT, cumplimentando el formulario electrónico que a tal efecto ponga a disposición la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en el que necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria en la que desee que se le realice el abono. El formulario podrá presentarse desde el 19 de noviembre al 31 de diciembre de 2024.
  • Tramitación: La Agencia Tributaria podrá solicitar con posterioridad a esta solicitud información adicional y tramitará la solicitud con aplicación del procedimiento de devolución y de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto-ley 6/2024.
  • Resolución: la ayuda acordada se abonará mediante transferencia bancaria, a partir del 1 de diciembre, entendiéndose notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.
URL tramitació electrònica
Página de tramitación electrónicaS’obre en una finestra nova
Formularis
Sistema/es d'identificació
  • DNI electrònic
  • Certificat electrònic
Integrado en Clave
Practica notificaciones
  • Postal
  • Accedint a la Seu electrònica
  • Electrònica per Adreça Electrònica Habilitada única o DEHú
Sujeto a tasas
No
Nivell d'interactivitat
Nivell 4: Tramitació electrònica

Bàners destacats

Enlaces a información destacada del Ministerio de Hacienda

Accés a la Seu Electrònica Central. Obre nova finestra Acceso al Banco de Datos Económico Financieros. Abre nueva ventana Accés als  compromisos de Govern Obert Accés al Portal  de la Transparència. Obre nova finestra Accés a la Participació Publica en Projectes Normatius