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Autorizada la adquisición de compromisos de gasto para financiar parte de las ayudas directas al transporte de viajeros

Dimarts, 1 de de juliol de 2025
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​El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible financiar parte de las ayudas directas al transporte de viajeros, recogidas en el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero.

La Dirección General de Estrategias de Movilidad, unidad adscrita al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ha sido el centro directivo que ha solicitado que se autorice la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.

El Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, establece en el Título II 'Ayudas directas al transporte de viajeros', entre otras, las siguientes medidas:

  • Ayudas para fomentar la ampliación y mejora de la oferta de los servicios de transporte colectivo terrestre de pasajeros, dirigidas a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales con responsabilidades en el transporte público colectivo urbano e interurbano, para que mejoren los servicios ofrecidos mediante la implementación de nuevas líneas de transporte y el incremento de la oferta existente del transporte público.
  • Ayudas a particulares y empresas para la compra de bicicletas de pedaleo asistido. Estas ayudas tienen una doble vertiente, una dirigida a los ciudadanos en general y otra en el que el foco se pone en aquellas empresas cuya actividad se corresponde con el reparto de mercancías en el ámbito urbano.

En este sentido, el 30 de abril de 2025 se aprobó el correspondiente expediente de modificación presupuestaria para crear y dotar, entre otras, las aplicaciones que financiaban estos dos programas de ayudas, que se llevarían a cabo durante el año 2025. Las aplicaciones y créditos dotados con este expediente fueron las siguientes:

Información de la tabla
DenominaciónImporte (€)

Ayudas a CCAA para medidas sociales y mejora de la calidad en los

servicios de transporte público.

80.000.000

Ayudas a EELL para medidas sociales y mejora de la calidad en los

servicios de transporte público.

25.000.000
Ayudas para contribución de las empresas a la descarbonización.5.000.000
Ayudas para contribución de las personas a la descarbonización.15.000.000
Total125.000.000

No obstante, según se pone de manifiesto en la Memoria, la tramitación de estos programas de ayudas se ha visto retrasada por las siguientes causas:

  • La necesidad de ampliar el plazo inicialmente previsto para el diseño y audiencia pública de las ayudas para la ampliación y mejora de la oferta de los servicios de transporte colectivo terrestre de pasajeros, a causa de la importancia de este programa para lograr los objetivos marcados para incidir en la elección modal, así como la necesidad de que su diseño optimice el uso de estos fondos.
  • La ampliación del tiempo inicialmente previsto para el diseño de las ayudas a particulares y empresas para la compra de bicicletas de pedaleo asistido, a causa del interés mostrado por la ciudadanía, que derivará en un gran volumen de expedientes y, por tanto, en la necesidad de disponer de una entidad colaboradora para su gestión.

​Por lo expuesto, y aunque en este ejercicio se pretenden realizar todos aquellos trámites necesarios para la aprobación de estas dos ayudas, su abono se realizará en el ejercicio 2026 debido a los plazos establecidos para la liquidación y pago de estos sistemas de ayudas.

A la vista de cuanto antecede, la Dirección General de Estrategias de Movilidad ha incoado el presente expediente de solicitud de autorización para adquirir compromiso de gasto con cargo a ejercicios futuros por los citados importes para la anualidad 2026, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.

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